PASSAIC, NJ.- Un gran malestar ha provocado en la población el reciente anuncio del convicto ex alcalde de Passaic Sammy Rivera, en el sentido de que buscará ser elegido nuevamente a la posición en las próximas elecciones del 2013, a pesar de que una ley estatal se lo prohíbe.
Inmediatemente el noticiero Univision 41 publicó la entrevista de Rivera la noche del Lunes, empezaron a producirse llamadas telefónicas que cuestionaban el anuncio entre líderes políticos, autoridades municipales, asambleístas del distrito y simpatizantes del ex ejecutivo municipal, que fue procesado judicialmente por acusación de soborno, junto a otros funcionarios del gobierno municipal.
En el reportaje hecho frente al City Hall de Passaic, Univision 41 presentó al ex alcalde saludando algunos simpatizantes que le pedían vover a la sindicatura. Este medio recibió copia de algunos mensajes de votantes que habían enviado a la estación, en protesta de que el canal explique a la audiencia el contenido de la ley que prohibe a un funcionario que haya sido culpable de cargos federales por corrupción volver a ocupar cargos públicos.
Sammy Rivera, de 63 años, enfrentó 18 meses de prisión, cuando un juez federal lo sentenció en agosto de 2008 por aceptar un soborno de $ 5,000 de un informante del FBI. Otros tres ex alcaldes del Condado Passaic - Louis V. Messercola de Wayne, José Lipari de Passaic y Martin G. Barnes, de Paterson- también han sido forzados a renunciar por cargos federales de corrupción.
De acuerdo al párrafo D de la ley NJS2C :51-2, de New Jersey, toda persona declarada culpable de un delito relacionado o tocando en su posición de cargo público o empleo será para siempre inhabilitado de ejercer cualquier cargo o puesto de honor, de confianza o remunerado, de este Estado o cualquiera de sus administrativos o subdivisiones políticas. Tal como se utiliza en esta subsección, "que implica o tocar a su posición de cargo público, o el empleo" significa que el delito estaba relacionado directamente con el desempeño de la persona, o las circunstancias derivadas de la función pública específica, cargo o empleo en poder de la persona.
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